Esta propiedad data de por lo menos 1844 en base a los distintos documentos históricos que se conservan y que aquí se resumen aquellos con un mayor interés desde el punto de vista histórico. Son los papeles que demuestran cómo una casa en el centro de Pontevedra pasó de mano en mano desde 1844, cómo se regulaban los problemas de goteras y paredes con el vecino, y cómo finalmente en 1929 el dueño logró liberarla de los últimos lazos feudales que la ataban al Marqués de Rubianes.
De los documentos que se conservan, el expediente principal es un trámite judicial de 1929 para quitar una carga antigua que tenía la casa, y los demás papeles son los recibos y contratos viejos que el dueño tuvo que presentar al juez para demostrar que todo estaba en regla.
Estos documentos detallan la historia legal y arquitectónica de una propiedad situada en la calle Licenciado Poza Cousiño en Pontevedra. El archivo incluye una escritura de compraventa de 1871, donde Ramona Canal Lozada traspasa la vivienda a Vicente Rodríguez por diez mil reales. Complementariamente, se presenta una licencia de obras de 1994 que autoriza la reforma del inmueble bajo estrictas normativas de conservación del casco histórico. Una serie de fotografías antiguas documentan visualmente la evolución del edificio, desde su estado funcional hasta alcanzar condiciones de ruina avanzada. En conjunto, las fuentes ofrecen un registro exhaustivo de la evolución patrimonial y administrativa de esta edificación a lo largo de más de un siglo. Efectivamente, los documentos confirman que en 1844 ya existía una estructura o edificación en ese lugar, referida en los textos como el "formal de una casa".
A continuación se detallan los puntos clave que explican la existencia de la propiedad en esa fecha:
Escritura de Fuero de 1844: El 5 de mayo de 1844 se otorgó la escritura de foro original ante el escribano Andrés Cao de Pintos. En este documento, el representante del Marqués de Aranda concedió a Josefa Losada Reinosa el "formal de una casa" situado en la calle del Peixe-frito (actual calle Cousiño).
Estado de la construcción: El contrato de 1844 estipulaba que la Sra. Losada debía tener la casa "bien reparado y perfeccionado", lo que implica que ya había una edificación que requería mantenimiento o mejoras para no entrar en detrimento.
Evolución posterior: Aunque la casa existía en 1844, es probable que no tuviera la configuración actual. Un documento posterior de 1854 menciona que Josefa Losada estaba "haciendo" la casa y procediendo a "levantar su frontera" (fachada), lo que sugiere que tras adquirir el derecho foral en 1844, realizó obras de reconstrucción o ampliación significativa.
Descripción antigua: En registros posteriores se describe como una casa de "alto y bajo" (planta baja y piso superior), señalando que en aquel entonces ya estaba gravada con la pensión anual de cinco pesetas a favor del Marqués de Aranda.
En resumen, la casa ya existía como propiedad y estructura básica en mayo de 1844, momento en el que se formalizó el derecho foral que vinculó la propiedad a la familia del Marqués de Aranda durante década
Este documento histórico de 1844 constituye un contrato de fuero, mediante el cual el Marqués de Aranda y Guimarey otorga el usufructo de una propiedad en Pontevedra a favor de Josefa Lozada y Reinosa. El texto se estructura como una escritura de poder y arrendamiento a largo plazo, detallando que la concesión de la casa se mantendrá vigente durante la vida de tres reyes sucesivos y veintinueve años adicionales. Como contraprestación, la beneficiaria se compromete al pago de una pensión anual de veinte reales, asumiendo además la responsabilidad de mantener la vivienda en perfecto estado de conservación. El propósito fundamental del manuscrito es formalizar este vínculo jurídico y económico, estableciendo cláusulas estrictas que prohíben la venta de la propiedad sin consentimiento previo y aseguran la transmisión hereditaria de estos derechos y obligaciones.
Este documento es una escritura pública de compraventa otorgada en Pontevedra en 1871, mediante la cual Doña Ramona Canal Lozada transfiere una propiedad urbana a Don Vicente Rodríguez Calderón. El texto detalla minuciosamente las características físicas de la finca situada en la calle de Santa Catalina, estableciendo un precio de diez mil reales que el comprador se compromete a satisfacer en un plazo de dos años. Además de formalizar el cambio de dominio, el manuscrito incluye las garantías legales de la vendedora, el pago de impuestos correspondientes y las certificaciones oficiales del Registro de la Propiedad que validan la legalidad del acuerdo.
Este documento es una escritura pública de compraventa formalizada en noviembre de 1926 ante el notario Ildefonso Fernández Pereiro en la villa de Marín. El texto detalla la transferencia de una propiedad urbana situada en la calle de Cousiño, en Pontevedra, la cual es vendida por Eduardo Ozores Ferreiros —actuando legalmente en representación de su padre— a favor de Daniel de la Torre. La transacción se pactó por la suma de 18.000 pesetas y describe minuciosamente las características físicas del inmueble, así como su origen hereditario vinculado a la familia Ozores. Finalmente, el archivo incluye diversas anotaciones registrales y sellos oficiales que certifican la legalidad del contrato y su posterior inscripción en los registros de la propiedad estatales.
Este conjunto de documentos legales y notariales de Pontevedra detalla el historial de propiedad y cargas de un inmueble situado en la calle Cousiño, anteriormente conocida como Santa Catalina. El núcleo del texto es un expediente de cancelación de gravamen tramitado en 1929, el cual busca liberar la finca de una antigua pensión o derecho real de foro vinculada históricamente al Marquesado de Aranda. A través de descripciones arquitectónicas, recibos de pago y testimonios, la fuente reconstruye una línea de sucesión que abarca desde mediados del siglo XIX hasta principios del XX, evidenciando la transición de la propiedad bajo la Ley Hipotecaria vigente. En definitiva, el archivo sirve para legitimar la plena titularidad de los dueños actuales mediante la resolución de obligaciones financieras heredadas del pasado.
Este documento, que es el último, aunque no histórico, constituye una escritura pública de compra-venta formalizada en marzo de 1992 ante el notario Eduardo Méndez Apenela en Pontevedra. El texto detalla la transmisión de una propiedad urbana en estado ruinoso, ubicada en la calle Cousiño, la cual es vendida por varios herederos a Don Raúl Sarmiento Iglesias. Finalmente, el expediente certifica la legalidad del acto mediante sellos oficiales, el pago de impuestos correspondientes y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad. Esta compraventa dio pie a su última rehabilitación.